Debate sobre licencias por enfermedad en la reforma laboral

Se ha generado un intenso debate sobre las modificaciones a las licencias por enfermedad, introducidas de manera sorpresiva en la reforma laboral. Este asunto, que afecta a muchas personas en sus trabajos, está relacionado con los artículos 208 y 213 de la actual Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Argentina tiene una legislación bastante generosa en comparación con otros países, y esto se ha convertido en un tema de conversación en torno a la alta tasa de ausentismo laboral, que impacta en la productividad.

A pesar de las buenas intenciones detrás de las modificaciones, hay aspectos que merecen una revisada profunda. Se propone que el trabajador reciba un porcentaje de su salario, entre el 50% y el 75%, por un período máximo de seis meses. Esto es un cambio significativo, ya que hoy en día, si un trabajador tiene cargas familiares, puede recibir su salario completo durante 12 meses, incluyendo diversos ingresos variables. Y, lo más importante, todo esto es financiado por la empresa.

Desde el punto de vista jurídico, se argumenta que hay fraudes en los certificados médicos y, por ende, la reforma se basa en dos principios: “que paguen justos por pecadores” y “muerto el perro, se acabó la rabia”. Sin embargo, muchos sienten que este cambio no fue discutido adecuadamente. Además, los nuevos cálculos afectarían las licencias por accidentes laborales, generando confusión en la normativa.

La licencia por enfermedad debería ser vista como una prestación social garantizada. La Constitución Nacional establece que “el Estado otorgará beneficios de la seguridad social”. Resulta clave que, en la reforma del artículo 208, el Estado aporte algo a este sistema, aliviando así la carga sobre los empleadores.

Algunas sugerencias para mejorar la redacción del artículo 208 podrían incluir:

  • Establecer períodos de prestaciones monetarias acorde con la antigüedad del trabajador.
  • Que la prestación sea no remunerativa, equivalentes al 80% del salario bruto, de modo que no afecte el ingreso habitual del trabajador.
  • En casos de trabajadores con cargas familiares, duplicar el período de prestación, apoyando a través de una nueva asignación familiar financiada por el Estado.
  • Considerar los períodos de licencia como tiempo de servicio para temas laborales y previsionales.
  • Mantener las prestaciones de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) bajo la legislación actual, tanto en montos como en plazos.

De esta manera, el Estado asumiría los costos fiscales del primer período y se encargaría de las prestaciones salariales después de un tiempo, mientras el empleador seguiría cubriendo el salario neto durante el periodo inicial. Así, se intentaría que los trabajadores con patologías reales puedan estar protegidos de manera similar a lo actual.

Claro que, como puedes ver, este es un tema muy complejo y ya está dando de qué hablar en todas partes.

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